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Jueves 29 de Julio de 2010
ACIEM Valle
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Consultar Matrícula Profesional


Cédula:    

Matrícula Profesional

Ingeniero, recuerde que la experiencia laboral se tiene en cuenta a partir de la fecha de expedición de su matrícula profesional.

El Consejo Profesional ofrece el 20% de descuento para aquellos ingenieros recién egresados que tramiten su matrícula dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de grado.

Para solicitar su matricula profesional, el ingeniero eléctrico, electrónico, mecánico, electro mecánico, metalúrgico, aeronáutico, naval, nuclear y de telecomunicaciones debe enviar los siguientes documentos al Consejo Seccional del Valle

  • Memorial de solicitud diligenciado, en original y copia, el cual se puede adquirir (sin costo alguno) en la sede del Consejo Seccional.
  • Fotocopia autenticada del original del acta de grado (Es indispensable que el sello notarial diga es fiel copia del original). (NO autenticar en notaria 2ª y 15)
  • Fotocopia legible y ampliada de la cédula de ciudadanía
  • 3 fotografías a color fondo blanco 3x4
  • Recibo de consignación en efectivo por el valor de un salario mínimo mensual a nombre de ACIEM, en las siguientes entidades bancarias:
    • Colmena 26500616642
    • Conavi 20027047049
    • Bancolombia 19207631363

Descargar memorial de solicitud

Notas:
  • Si el ingeniero ha realizado sus estudios profesionales en el exterior debe anexar fotocopias autenticadas del título y de la convalidación del título otorgada por el ICFES, en lugar de la fotocopia del acta de grado.
  • Cuando el ingeniero solicitante sea un extranjero, deberá anexar fotocopia autenticada de su visa y pasaporte, en donde conste la autorización para residir indefinidamente en Colombia.
  • Al ingeniero que presente el memorial de solicitud con la documentación completa se le entregarán copias de la Ley 51 de 1986 y del Decreto 1873 de 1996.
  • Al ingeniero a quien se le apruebe la expedición de su matrícula profesional se le entregará el respectivo certificado y la tarjeta profesional.
  • Al recibir el certificado de matrícula, el ingeniero deberá firmar el original y la copia del mismo; y hará el juramento previsto. La copia del certificado será archivada por el Consejo Nacional.
Ejerzamos nuestra profesión consultando los principios éticos fundamentales establecidos por la Ley 51 de 1.986 y Decreto 1873 de 1.996

Tarjeta Profesional

Para solicitar la tarjeta profesional (en caso de que ya posea un número de matrícula profesional pero no tenga la tarjeta profesional), el ingeniero debe enviar los siguientes documentos al Consejo Seccional:

  • Memorial de solicitud diligenciado, en original y copia, el cual se puede adquirir en la sede del Consejo Seccional
  • Recibo de consignación (en efectivo) por el valor de un 25% del salario mínimo mensual a nombre de ACIEM, cuenta nacional Bancolombia, sucursal La Soledad (No. 19207631363) , Bogotá, D. C.

Duplicado del Certificado de Matrícula Profesional

Para solicitar un duplicado del certificado de matrícula profesional, el ingeniero debe enviar los siguientes documentos al Consejo Seccional que escoja:

  • Memorial de solicitud diligenciado, en original y copia, el cual se puede adquirir en la sede del Consejo Seccional o haciendo click en el siguiente link:
  • Original o fotocopia del denuncio por pérdida del certificado de matrícula profesional, con tiempo de expedición no mayor de un mes (cuando la solicitud de duplicado se hace por pérdida).
  • Cuatro fotografías a color de 3 x 4 cm.
  • Recibo de consignación (en efectivo) por el valor de un 5% del salario mínimo mensual a nombre de ACIEM, cuenta nacional Bancolombia, sucursal La Soledad (Cuenta No. 19207631363) , Bogotá, D. C.
Notas:
  • Si la solicitud del duplicado se hace por deterioro del certificado de matrícula profesional, éste se debe entregar en la sede del Consejo Seccional donde se radique la documentación y no se debe anexar el denuncio por pérdida.
  • Al ingeniero que presente el memorial de solicitud con la documentación completa se le entregarán copias de la Ley 51 de 1986 y del Decreto 1873 de 1996.
  • Al recibir el duplicado del certificado de matrícula, el ingeniero deberá firmar el original y la copia del mismo; y hará el juramento previsto. La copia del duplicado será archivada por el Consejo Nacional.

Duplicado de la Tarjeta Profesional

Para solicitar un duplicado de la tarjeta profesional, el ingeniero debe enviar los siguientes documentos al Consejo Seccional que escoja:

  • Memorial de solicitud diligenciado, en original y copia, el cual se puede adquirir en la sede del Consejo Seccional.
  • Original o fotocopia del denuncio por pérdida de la tarjeta profesional, con tiempo de expedición no mayor de un mes (cuando la solicitud de duplicado se hace por pérdida). Si la solicitud de duplicado la hace por deterioro, debe anexar la tarjeta deteriorada.
  • Recibo de consignación (en efectivo) por el valor de un 5% del salario mínimo mensual a nombre de ACIEM, cuenta nacional Bancolombia, sucursal La Soledad (No. 19207631363) , Bogotá, D. C.
  • Fotocopia legible y ampliada de la cédula de ciudadanía (o de la cédula de extranjería y la visa).
  • Tres (3) fotografías a color de 3 x 4 cm en fondo Blanco, marcadas al respaldo (No usar tinta mojada).

Licencia Especial

Para solicitar la licencia especial, el ingeniero electricista, mecánico o de rama afín, titulado y domiciliado en el exterior, debe enviar los siguientes documentos al Consejo Nacional o al Consejo Seccional que escoja:

  • Memorial de solicitud diligenciado en original y copia, el cual se puede adquirir en la sede de los Consejos seccionales.
  • Fotocopia autenticada ante notario público del título profesional de ingeniero en donde conste los avales del Ministerio de Educación, del Ministerio de Relaciones Exteriores (o entidades equivalentes) y del cónsul colombiano del país de donde proviene el título, o con el sello de La Apostille. (*) Ver aclaracion más adelante.
  • Fotocopia autenticada de la visa, pasaporte y cédula de extranjería (si la posee).
  • Fotocopia autenticada ante notario público del contrato de trabajo, asesoría o consultoría, cuyo término no podrá ser superior a un año, en donde se detallen las actividades a realizar.
  • Carta de la empresa motivando la solicitud de la licecia especial, especificando las actividades que realizará en Colombia. Igualmente deberá manifestar el lapso durante el cual realizará las actividades.
  • Carta de la empresa manifestando que con la incorporación del ingeniero extranjero no se superará el 20% de la nómina de ingenieros Colombianos
  • Carta del ingeniero extranjero comprometiendose a capacitar ingenieros colombianos en las labores a realizar.
  • Certficado de cámara y comercio de la empresa con una vigencia no mayor a 90 días.
  • Una vez aprobada la licencia especial, se deberá tramitar una póliza de cumplimiento para garantizar la capacitación de ingenieros colombianos.
  • Tres (3) fotografías a color, fondo blanco, de 3 x 4 cm.
  • Recibo de consignación en efectivo por el valor de un salario mínimo mensual a nombre de ACIEM, en las sucursales de las siguientes entidades bancarias:
    • Bancolombia (Cuenta No. 19207631363)
    • Colmena (Cuenta No. 26500616642)
    • Conavi (2002-7047049)
Notas:
  • El Consejo Nacional fijará el valor de la póliza de seguros en cada caso.
  • Esta licencia se expedirá a aquellos ingenieros extranjeros que no posean autorización indefinida para residir en Colombia.
  • Al ingeniero que presente el memorial de solicitud con la documentación completa se le entregarán copias de la Ley 51 de 1986 y del Decreto 1873 de 1996.
  • Al recibir la licencia especial, el ingeniero deberá firmar el original y la copia del mismo; y hará el juramento previsto. La copia será archivada por el Consejo Nacional.
  • El Consejo Nacional fijará el valor de la póliza de seguros en cada caso.
  • Esta licencia se expedirá a aquellos ingenieros extranjeros que no posean autorización indefinida para residir en Colombia.
  • Al ingeniero que presente el memorial de solicitud con la documentación completa se le entregarán copias de la Ley 51 de 1986 y del Decreto 1873 de 1996.
  • Al recibir la licencia especial, el ingeniero deberá firmar el original y la copia del mismo; y hará el juramento previsto. La copia será archivada por el Consejo Nacional.
(*) Por favor tenga en cuenta:
  • Al tenor de lo dispuesto por el artículo 7o. De la Ley 51 de 1986, el artículo 267 del Código Contencioso Administrativo y el artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, los diplomas de ingeniería provenientes del exterior deben anexar:
    • El certificado del Ministerio de Educación del país extranjero, o de la entidad equivalente, que avale la legalidad del título profesional o en donde conste que la Universidad se encuentra autorizada para expedir títulos profesionales.
    • El certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores del País extranjero, o de la entidad equivalente, que avale el certificado expedido por el Ministerio de Educación.
    • El certificado del Cónsul Colombiano de la localidad que avale el certificado expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
    • El certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia que avale el Certificado expedido por el Cónsul Colombiano de la localidad extranjera.

    En defecto de los requisitos anteriores el diploma podrá presentarse con el sello de la Apostille.
  • Según el artículo 260 del Código de Procedimiento Civil, los documento provenientes del exterior, en idioma diferente al castellano, que pretendan servir de prueba deben ser traducidos por interprete oficial designado por el ministerio de relaciones Extreriores de Colombia.
  • Este permiso (Licencia Especial ) sólo es válido seis (6) meses, renovables por 6 meses más por una sola vez. Si vencidos los permisos el ingeniero extranjero pretende seguir trabajando en el País debe tramitar la Matrícula Profesional Definitiva, previa convalidación de su título prefesional ante el ICFES.

    La Licencia Especial de Ingeniero es indispensable para tramitar la VISA
 
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